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Lawyerpress: asociación de afectados y actualidad judicial de trama

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Publicado en Lawyerpress.com, 30.07.14

UN JUZGADO DE MADRID HABLA DE DELITO DE ESTAFA EN MASA Y PIDE INVESTIGACIÓN CONJUNTA EN EL CASO DE LOS PRESTAMISTAS PARTICULARES

Es el cuarto órgano judicial instructor que se pronuncia a favor de que se investiguen conjuntamente todas las causas contra la trama del prestamista Arroyo y que abre la posibilidad a que ésta sea competencia de la Audiencia Nacional 

El Juzgado de Instrucción nº 19 de Madrid, que instruye una de las numerosas causas contra el prestamista Antonio Arroyo, ha dictado auto notificado a las partes con fecha 17 de julio, en el que considera que estamos "ante un delito de estafa de los denominados 'en masa', o sea, un delito cometido contra una generalidad de perjudicados, siendo notoria la gravedad del hecho". Considera que existe "delito continuado"porque concurre "pluralidad de acciones"pero que son consecuencia de "un dolo unitario derivado de un plan preconcebido". Por ese motivo, acuerda su inhibición a favor del Juzgado de Instrucción nº 3 de Madrid, que acumuló ya ocho casos similares, sin perjuicio de que, si éste hubiera enviado ya sus asuntos a la Audiencia Nacional, haga lo mismo con esta causa.

El Ministerio Fiscal había solicitado expresamente la adopción de esta medida de inhibición a favor del Juzgado 3. La acusación particular, en este caso el afectado asistido por el abogado Carlos Javier Galán, compartía la necesidad de acumulación pero pidió remisión directa a la Audiencia Nacional sin pasar por el Juzgado de Instrucción 3. Y la defensa de los procesados Antonio Arroyo y su hija Anaís Arroyo, se opuso a la medida. Los argumentos de los acusados han sido finalmente rechazados por la titular del Juzgado de Instrucción nº 19, Inmaculada Iglesias.

Estamos, por tanto, ante el cuarto órgano judicial instructor que se pronuncia a favor de que se investiguen conjuntamente todas las causas contra la trama del prestamista Arroyo y que abre la posibilidad a que ésta sea competencia de los Juzgados Centrales de Instrucción de la Audiencia Nacional, puesto que ya se habían pronunciado en el mismo sentido los Juzgados de Instrucción números 3, 43 y 47 de Madrid.

Por otro lado, el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior ha resuelto con fecha 9 de julio inscribir oficialmente a la Asociación STOP ESTAFADORES con el número 605.800.

Esta asociación se había constituido hace unos meses por un grupo de afectados y tiene como fines:

- Agrupar a personas que hayan sido víctimas de estafas y otros delitos cometidos por prestamistas o empresas financieras, con el fin de defender sus intereses ante instancias políticas, administrativas y judiciales, intercambiar información y experiencias, e impulsar el apoyo mutuo entre los afectados. 
- Aglutinar también a aquellas personas que, sin ser afectados directos, tengan voluntad de contribuir a la finalidad expresada en el punto anterior. 
- Difundir ante la opinión pública y los organismos oficiales la existencia y operativa de estas tramas delictivas, al objeto de conseguir un mayor conocimiento del problema. 
- Realizar propuestas para lograr una mejor respuesta del Estado de Derecho ante esta problemática. - Impulsar el asesoramiento y la defensa jurídica de las víctimas de estos delitos.

La iniciativa ha cosechado muy buena aceptación entre las víctimas de este tipo de prácticas delictivas.

El pasado mes de junio celebró en una localidad madrileña su I Asamblea, en la que eligió como presidente a Juan Puche, como secretario a José J. Díez y como tesorera a María C. Yáñez, además de programar diversas actividades. En dicha reunión intervino como invitado Carlos Javier Galán, abogado de Alberche Área Jurídica, entrevistado recientemente por nuestra publicación, quien fue designado como asesor jurídico en los asuntos generales de la entidad, sin perjuicio del derecho de cada socio a elegir abogado para sus casos propios.

Ahora, una vez que se han completado los trámites de legalización, STOP ESTAFADORES podrá actuar con plena personalidad jurídica en la consecución de sus objetivos.

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