El Juzgado de Instrucción nº 19 de Madrid, que instruye una de las numerosas causas contra el prestamista Antonio Arroyo, ha dictado auto notificado a las partes con fecha de ayer 17 de julio, en el que considera que estamos "ante un delito de estafa de los denominados 'en masa', o sea, un delito cometido contra una generalidad de perjudicados, siendo notoria la gravedad del hecho".
Considera que existe "delito continuado"porque concurre "pluralidad de acciones"pero que son consecuencia de "un dolo unitario derivado de un plan preconcebido".
Por ese motivo, acuerda su inhibición a favor del Juzgado de Instrucción nº 3 de Madrid, que acumuló ya ocho casos similares, sin perjuicio de que, si éste hubiera enviado ya sus asuntos a la Audiencia Nacional, haga lo mismo con esta causa.
El Ministerio Fiscal había solicitado expresamente la adopción de esta medida de inhibición a favor del Juzgado 3. La acusación particular, en este caso el afectado asistido por el abogado Carlos Javier Galán, compartía la necesidad de acumulación pero pidió remisión directa a la Audiencia Nacional sin pasar por el Juzgado de Instrucción 3. Y la defensa de los procesados Antonio Arroyo y su hija Anaís Arroyo, se opuso a la medida. Los argumentos de los acusados han sido finalmente rechazados por la titular del Juzgado de Instrucción nº 19, Inmaculada Iglesias.
Estamos, por tanto, ante el cuarto órgano judicial instructor que se pronuncia a favor de que se investiguen conjuntamente todas las causas contra la trama del prestamista Arroyo y que abre la posibilidad a que ésta sea competencia de los Juzgados Centrales de Instrucción de la Audiencia Nacional, puesto que ya se habían pronunciado en el mismo sentido los Juzgados de Instrucción números 3, 43 y 47 de Madrid.